Desde este jueves 1 de octubre se aplican los cambios aprobados por el Real Decreto 518/2026, que dan prioridad a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes y endurecen normas como el uso de casco.
Las modificaciones del Reglamento General de Circulación aprobadas mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, entraron en vigor este jueves 1 de octubre. La reforma afecta a quien camina, va en bicicleta, en patinete o en moto por las calles y carreteras españolas.
Usuarios vulnerables, por primera vez definidos
Según informa la Dirección General de Tráfico (DGT), el Reglamento recoge por primera vez la definición de «usuario vulnerable de la vía», categoría que incluye a peatones -con especial atención a menores, personas mayores o con discapacidad-, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) y conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. Se incorpora además un nuevo título VI dedicado a las normas de circulación específicas en zonas urbanas.
Patinetes y bicicletas, con más obligaciones
Para los VMP, la edad mínima para conducir pasa a ser de quince años, y se hace obligatorio el casco y el chaleco reflectante de noche o con poca visibilidad. El alumbrado permanente, también de día, será obligatorio a partir del 1 de octubre de 2027. Fuera de los núcleos urbanos podrán circular por vías segregadas del tráfico motorizado, como carriles bici, salvo que esté prohibido con señalización.
En las vías interurbanas, el casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas, sin las exenciones que existían hasta ahora. Al adelantar a un ciclista habrá que reducir la velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía, mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y cambiar completamente de carril si la calzada tiene más de uno por sentido. En ciudad, los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril, y los vehículos a motor deberán guardar una distancia mínima de cinco metros respecto a quien circule delante en bicicleta. En calles de un único carril con velocidad máxima de 30 kilómetros por hora se permitirá circular en ambos sentidos.
Motos, peatones y nuevas reglas en autopistas
En motocicletas y ciclomotores serán obligatorios los guantes de protección en vías interurbanas y el calzado cerrado en cualquier tipo de vía. El casco deberá ser homologado, no solo certificado, para los usuarios de ciclomotor a partir del 1 de octubre de 2027. Los motoristas podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, sin superar los 30 kilómetros por hora y si el tramo está señalizado para ello.
Quienes usen bicicleta, VMP, ciclomotor o motocicleta para una actividad profesional -como los repartidores- deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
Para los peatones, la norma general será que en los pasos con semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde fija para peatones, y en calles de plataforma única tendrán prioridad. Se da también entidad jurídica a los caminos escolares seguros, las vías acondicionadas para que los menores accedan a pie, en transporte público o en medios no motorizados a los centros educativos.
En autopistas y autovías con nieve quedará prohibido adelantar y habrá que dejar libre el carril izquierdo para vehículos de emergencia y máquinas quitanieves. En caso de retenciones, con los vehículos circulando a paso de persona o detenidos, deberán orillarse para abrir un carril de emergencia: en vías de dos carriles, a ambos lados dejando el centro libre; en vías de tres, el izquierdo hacia la izquierda y el central y derecho hacia la derecha.
Cinturón y autocaravanas
El uso del cinturón de seguridad será obligatorio en todo momento para conductores de taxis, vehículos de mercancías y de autoescuela, eliminándose las exenciones existentes, con la excepción de los pasajeros de ambulancias asistenciales cuando reciban asistencia técnico-sanitaria en ruta. Las autocaravanas no podrán extender elementos que sobresalgan de su perímetro, deberán descansar sobre los neumáticos y no podrán verter fluidos del habitáculo.
Según indica la DGT, el organismo mantiene desde la aprobación del real decreto cuñas de radio y contenidos en redes sociales para explicar los cambios, y ha habilitado una página en su web con esta información.