Elecciones del 29-N en Málaga Cómo votar, el calendario y los resultados desde 1977

Sorteadas 5.733 personas para las 637 mesas del 29-N en Málaga

Temas Ayuntamiento de Málaga

El Pleno del Ayuntamiento de Málaga ha designado por sorteo a los componentes de las mesas electorales de las generales del 29 de noviembre.

Redacción de InforMálaga ·

Sala noble con techo pintado y lámpara de araña, personas sentadas en bancos de madera ante una mesa presidencial y pantallas.
Foto: Ayuntamiento de Málaga
Un total de 5.733 personas han sido seleccionadas entre titulares y suplentes para formar parte de las 637 mesas electorales que se constituirán en Málaga con motivo de las elecciones generales del domingo 29 de noviembre. Son nueve por cada mesa, según ha informado el Ayuntamiento de Málaga. El sorteo se ha celebrado este martes en el Salón de Plenos del Consistorio, en sesión extraordinaria del Pleno, con un programa informático de extracción de componentes proporcionado por la Oficina del Censo Electoral. El proceso se ha coordinado entre Gestrisam y el área de Innovación.

Quién puede ser llamado y quién puede renunciar

El presidente y los vocales de cada mesa se eligen por sorteo público entre todas las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente que sepan leer y escribir y sean menores de setenta años. A partir de los 65 años se puede manifestar la renuncia en un plazo de siete días. El presidente debe tener al menos el título de bachiller o el de formación profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de graduado escolar o equivalente. La fuente de información utilizada ha sido el censo electoral de españoles residentes en España (CER), que comprende a los electores con derecho a voto y dieciocho años cumplidos el día de la votación. El número de candidatos a formar parte de las mesas asciende a 445.208 electores. El total de electores con derecho a voto asciende a 477.280, cifra que incluye a 32.072 del censo de electores residentes ausentes (CERA).

Consultas en la web de Gestrisam

Gestrisam ha habilitado un apartado en su página web para consultas y enlaces de interés sobre el proceso: la información electoral de Gestrisam. La formación de las mesas compete a los ayuntamientos, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona, conforme al artículo 26 de la Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral General.

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