Alhaurín el Grande abre el censo electoral a los extranjeros para 2027
Los residentes de la UE y de países con acuerdo de reciprocidad deben inscribirse antes del 30 de diciembre o del 15 de enero para votar el 23 de mayo de 2027.
Redacción de InforMálaga
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Foto: Ayuntamiento de Alhaurín el Grande
Los extranjeros que viven en Alhaurín el Grande y quieren votar en las elecciones municipales del 23 de mayo de 2027 tienen de plazo hasta finales de este año o principios del próximo para darse de alta en el censo electoral, según ha indicado el Ayuntamiento. No basta con estar empadronado: el padrón no inscribe automáticamente en el censo.
Residentes de la Unión Europea
Quienes tienen nacionalidad de un país de la Unión Europea deben cumplir tres condiciones: estar empadronados en el municipio donde residen habitualmente, haber manifestado su voluntad de votar en las elecciones municipales en España y tener 18 años cumplidos el día de la votación.
El empadronamiento y la declaración de intención de voto pueden hacerse en cualquier momento, pero para que cuenten en el censo de los comicios de 2027 deben formalizarse no más tarde del 30 de diciembre de 2026. La declaración tiene carácter permanente y se mantiene para futuras elecciones municipales salvo que el interesado diga lo contrario.
La declaración puede presentarse en el mismo momento del empadronamiento o después, de tres formas: presencialmente en el Ayuntamiento, en la calle Convento sin número; por internet en la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) con el sistema Cl@ve; o por correo postal a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral. En los meses previos a la convocatoria, la Oficina del Censo Electoral enviará una carta con una clave de tramitación telemática a quienes no hayan declarado su intención de voto.
Países con acuerdo de reciprocidad
También pueden inscribirse los residentes nacionales de países con acuerdo de reciprocidad: Noruega, Ecuador, Nueva Zelanda, Colombia, Chile, Perú, Paraguay, Islandia, Bolivia, Cabo Verde, República de Corea, Reino Unido y Trinidad y Tobago. Deben ser mayores de 18 años, no estar privados del derecho de sufragio activo, estar inscritos en el padrón municipal, disponer de autorización de residencia en España y haber residido legalmente en España durante el periodo que exija cada acuerdo.
La solicitud se puede hacer por internet, por correo postal o presencialmente en el Ayuntamiento. La Oficina del Censo Electoral remitirá en los últimos días de noviembre de 2026 una comunicación con los datos personales y de residencia y una clave de tramitación telemática. El plazo para pedir la inscripción va del 1 de diciembre de 2026 al 15 de enero de 2027, ambos incluidos.
Consulta y reclamaciones
Quienes ya hayan hecho los trámites pueden consultar sus datos censales en la Sede Electrónica del INE con Cl@ve y pedir rectificaciones en el Ayuntamiento o por vía telemática. Una vez convocadas las elecciones, el INE habilitará en su web los trámites de consulta del censo, reclamaciones, mesa y local de votación y voto por correo. Las reclamaciones por no figurar en el censo o por errores se presentan entre el sexto y el decimotercer día posterior a la convocatoria.
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